Navidad. Del lío de “allegados” al de “familiares”
La Consejera de Sanidad, Sira Repollés, anunció recientemente que solo se permitiría entrar o salir de Aragón en las fiestas navideñas para visitar a “familiares”, ya que “allegados”, el término establecido para el mismo fin por el Gobierno de España, implicaba a cualquier persona, dijo Repollés.
Esta decisión del Gobierno de Aragón ha causado polémica y, también, ambigüedad. El Justicia de Aragón, Ángel Dolado, que ha recibido muchas quejas por la decisión de Repollés, ha emitido este miércoles un comunicado en el que dice que “el problema que se plantea esta institución es la falta de regulación del concepto de “familia” en nuestro ordenamiento jurídico, en los distintos ámbitos”.
En el caso del código civil, dice el Justicia, “no consta definición alguna del concepto de familia” y lo mismo ocurre, indica en el resto de ámbitos, como el administrativo, el tributario, o el penal.
Así pues, dice que “no parece constar, salvo error por esta institución, una definición del concepto de familia por el que los ciudadanos pueden determinar las personas con las que se van a poder reunir en fechas próximas, creando una situación de inseguridad que los operadores jurídicos deben tratar de evitar”.
El Justicia añade que, basándose en el concepto “clásico” de familia, el que surge como consecuencia del matrimonio, “podría llegar a ser determinable, una vez determinado hasta el grado que alcanza”.
La mayoría de las personas que han pedido amparo al Justicia tras el anuncio de la consejera son parejas de hecho no formalizadas.
El Justicia recuerda que hoy en día está socialmente admitida la existencia de diversos modelos de familia las cuales “el derecho no ha sido capaz, y quizás no lo sea nunca, de regular”, poniendo como ejemplo a “nuevos tipos de familia” que no tienen por qué vivir juntos hoy en día.