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La XXIX edición de la Baja España Aragón comenzó el pasado viernes. Barreda en motos y Peterhansel en coches fueron los vencedores de la Súper Especial en Motorland. Un total de 129 vehículos tomaron la salida y participaron en la prueba deleitando al numeroso público asistente en el tramo de 5,39km preparado para la ocasión. Durante toda la jornada los vehículos y pilotos tuvieron que pasar las distintas verificaciones técnicas y administrativas antes de tomar la salida por la tarde. El sábado tuvo lugar la rueda de prensa en la que todos los pilotos calificaron este Rally como uno de los más importantes del mundo. A partir de ese momento y con todos los vehículos en el parque cerrado tras pasar las verificaciones, desde las 16:50h todos los participantes tomaron la salida de la Súper Especial cuyo primer tramo se desarrolló en el circuito de autocross de Motorland. Tras su paso por el complejo alcañizano los pilotos afrontaron dos duras jornadas por territorio aragonés que finalizaron ayer domingo con la entrega de trofeos a los ganadores de las distintas categorías en Zaragoza.
El tramo que se preparó para esta edición en MotorLand fue técnico, con ligeras modificaciones respecto a los tramos de otros años. En esta edición se buscó que los mejores pilotos tuvieran la oportunidad de demostrar su valía en un tramo algo más corto que otros años. En total eran 5,39km y fue una combinación de tierra, arena y zonas rápidas y lentas con multitud de cambios de rasante espectaculares para los aficionados con grandes saltos de los participantes. Ya por la mañana los pilotos pudieron reconocer el tramo antes de afrontar la Súper Especial por la tarde y los participantes coincidieron en la espectacularidad del mismo. El inicio estuvo en el circuito de autocross cruzando varias zonas nuevas dentro del complejo para afrontar un último tramo muy rápido por la parte superior del Parque Tecnológico.
A las 16:50h tuvo lugar la salida del primer participante. Las motos fueron las encargadas de inaugurar el tramo y fueron las primeras en participar en el meeting. 45 motos y quads tomaron los 5,39km del tramo e intentaron meter presión desde el principio a uno de los principales favoritos a la victoria, Gerard Farrés. Desde el principio se vio que la lucha sería entre Barreda y Farrés ya que ambos marcaron grandes parciales. Finalmente fue Barreda quien fue el más rápido (5:10.1) por delante de Farrés que finalizó a poco más de 10 segundos del primero. En quads, Romero fue el más rápido marcando un tiempo de 5:13.4, con Borrego en segunda posición.
En cuanto a coches, la sorpresa negativa la dio Jean Louis Schlesser que tuvo problemas mecánicos al principio de la prólogo y cruzó la línea de meta a más de 10 minutos del primero. Sin Schlesser en la lucha, Peterhansel se convirtió en el gran referente de la misma y logró marcar el mejor tiempo a la finalización del tramo, con 5:13.3. En el mismo minuto finalizó Erik Van Loon que marcó el segundo mejor tiempo (5:37.6) y el tercer puesto de honor lo ocupó el ruso Gadasin con un registro de 5:39.1.
Quien acudiera a ver una obra de teatro el sábado en el festival de los castillos, se llevaría una sorpresa, porque aunque hubo algo de interpretación, muy poca, se encontró con una clase magistral. Daniel Muriel fue el encargado de darla. Un monólogo con una duración de una hora y cuarto que fue repasando la vida del fundador de Apple en un proceso de mitificación y desmitificación continuado.
Por el medio, y relacionado con las actividades empresariales de Steve Jobs, hacía alguna incursión en China para denunciar las pésimas condiciones de vida de los trabajadores, que manualmente, fabrican los ordenadores que usamos. "Entró" en una fábrica con más de 400.000 trabajadores, rodeada de redes para evitar los suicidios.
Datos, actividades, siglas, con una memoria prodigiosa para recordar todo e hilarlo el actor-profesor fue interpretando su papel, el de Steve, el de los trabajadores chinos y el de Kati, la traductora que le acompañaba a la fábrica.
Al final un mensaje llamando a la cordura a los consumidores de los aparatos electrónicos para que seamos conscientes de las penosas condiciones de vida de quienes a base de trabajar doce, catorce, dieciséis horas diarias, con doce, trece o quince años, nos hacen la vida más agradable.
El público, unas trescientas personas, agradeció la interpretación y la clase magistral, haciendo salir al actor-profesor cuatro veces a saludar.

La Audiencia Provincial de Teruel condenó ayer miércoles a Juan Antonio F. G., como autor responsable de un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales, a la pena de dos años de prisión y multa de ocho meses con cuota de diez euros, pagadera en un solo plazo, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. La sentencia fue de conformidad.
En su sentencia la Audiencia Provincial decreta, junto con la condena, la clausura temporal de la planta de electogeneración gestionada por el acusado en Beceite por un periodo de cuatro años.
Además en la sentencia el tribunal recuerda que “las costas procesales se entienden impuestas por Ley a los criminalmente responsables de todo delito o falta”.
Desde la planta de generación gestionada por el condenado en Beceite, se vertían productos tóxicos al río Matarraña. “Desde 2006 en adelante, especialmente observado entre 2007 y 2009”, según describe la sentencia, las consecuencias de tales vertidos fueron “el exterminio de prácticamente toda forma de vidamacrovertebrada en el río Matarraña en un tramo aproximado de 7 kilómetros
entre Beceite y la localidad de Valderrobres, desapareciendo los frezaderos (puntos
de desove de las truchas) así como disminuyendo significativamente la fauna
bentónica, impidiendo así una regeneración de la vida del río, que todavía no se ha recuperado a fecha de este escrito”.
Aunque la vista oral que comenzaba ayer estaba previsto que durase dos días, concluyó el primer día con el acuerdo de las partes por lo que el tribunal dictó, a última hora de la mañana, una sentencia de conformidad con la condena impuesta a solicitud del Ministerio Fiscal.
La retirada de la acusación formulada por el Ministerio Fiscal, única parte acusadora, respecto de los acusados Margarita E. G. y Jesús María A. E., también imputados en el proceso, llevó al tribunal a declarar su absolución.
El hecho de que el único acusado por el Fiscal, Juan Antonio F. G , y su defensor manifestaron su conformidad con la calificación formulada por el Ministerio Público, que la pena solicitada por la fiscalía no fuera de una duración superior a los seis años de prisión, y entendiendo el tribunal que la calificación aceptada era la correcta y la pena la procedente, de acuerdo con la calificación expresada, llevó a los magistrados a dictar esta sentencia de “estricta conformidad”.
A continuación incluimos, íntegra, la sentencia:
"S E N T E N C I A Nº: 8
En la Ciudad de Teruel a dieciocho de Julio de dos mil doce.
Ilmos. Señores
PRESIDENTE:
D. Fermín Hernández Gironella
MAGISTRADOS:
Dª. María de los Desamparados Cerdá Miralles
D. Juan Carlos Hernández Alegre
La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los
Magistrados anotados al margen ha visto en juicio oral y público la causa instruida
con el número 12/2012, por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Alcañiz seguida por
presunto delito contra el medio ambiente y los recursos naturales, contra JUAN
ANTONIO F. G., nacido el día 13 de Agosto de 1947, vecino de Gandesa
(Tarragona); contra MARGARITA E. G., nacida en Arbeiza-Allín (Navarra) el día 6
de Enero de 1955; y contra JESUS MARIA A. E., nacido en Navarra el día 18 de Julio de 1950, vecino de Arbeiza (Navarra), todos ellos sin antecedentes penales y
en libertad provisional por esta causa, de que no han sido privados en ningún
momento; representados por el Procurador D. Carlos García Dobón y defendidos
por el letrado D. Jaime Martín Puchol. Han sido parte en el procedimiento, además
del mencionado acusado, el Ministerio Fiscal, y ponente el Ilmo. Sr. Presidente D.
Fermín Francisco Hernández Gironella, que expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- En sesión que tuvo lugar en fecha dieciocho de Julio de dos mil doce,
se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el
número 12/2012 por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Alcañiz, seguida por un
presunto delito contra el medio ambiente y los recursos naturales, contra José
Antonio F. G., Margarita E. de G. y Jesús María A. E., en el cual se oyó a los
acusados.
II.- El Ministerio Fiscal, al inicio de la vista retiró la acusación formulada
contra Margarita E.G. y Jesús María A. E., y modificó su calificación inicial en el
sentido de calificar los hechos como constitutivos de un delito contra los recursos
naturales y el medio ambiente, previsto y penado en los Artículos 325, 1º del
Código Penal, en su redacción anterior a la L. O. 5/2010, acusando como
responsable del mismo a José Antonio F. G., sin la concurrencia de circunstancias
modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se impusiera al mismo la pena de dos años de prisión años, inhabilitación especial para el ejercicio de la
industria durante dos años; suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el
tiempo de la condena y multa de ocho meses, con cuota diaria de diez euros, con la
responsabilidad subsidiaria en caso de impago prevista en el Art. 53 del C. Penal, y
al pago de las costas procesales. Así mismo procederá la clausura temporal de la
planta cogeneradora por tiempo de cuatro años, con reserva de las acciones civiles,
a favor de la Confederación Hidrográfica del Ebro y del Servicio Provincial de
Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
III.- El acusado y su defensor mostraron su conformidad con la calificación
efectuada por el Ministerio Fiscal y solicitaron se dictase sentencia de conformidad
con la misma.
HECHOS PROBADOS
I.- El acusado Juan Antonio F. G., mayor de edad y sin antecedentes
penales, como persona física, realizaba las labores habituales de gestión de la
actividad de la sociedad jurídica y mercantil denominada “Saltos del Ega Sociedad
Anónima”, domiciliada en Arbeiza (Navarra), y a su vez también la de una anterior
– absorbida por ésta, denominada “Serveis Tarragonins de Construcció i
Arquitectura Sociedad Limitada”, y domicilio en Gandesa (Tarragona) en adelante
citada en este escrito como SETCA. La titular puramente formal y administradora
única registral de dichas empresas, era otra persona, pero quien realmente se ocupaba de las actividades del objeto social y mercantil de las mismas, era el
acusado, como por ejemplo el modelo de funcionamiento de la planta que se dirá y
sus circuitos, las licencias administrativas, las gestiones con proveedores de
materias primas, las medidas de gestión de residuos, etc.; El objeto en lo que aquí
interesa es principalmente la producción de energía eléctrica.
Con motivo de ello, SETCA o SALTOS DEL EGA y el acusado en su
nombre, resultaba ser de hecho el gestor de una planta industrial
electrogeneradora, sita en un antiguo inmueble – histórica fábrica de papel, en el
paraje denominado “El Batán”, junto a las confluencias de los ríos Ulldemó y
Matarraña, en su margen izquierda, en Término municipal de Beceite (Teruel).
Dicha planta se encuentra ubicada en el interior de un Espacio
Natural Protegido, en concreto y merced a lo previsto en las Directivas Europeas
79/409/CEE y 92/43/CEE (traspuestas en nuestro Ordenamiento Jurídico Nacional
primero por el Real Decreto 1997/1995 sobre medidas de protección de la
Biodiversidad, y finalmente incorporadas en sus previsiones por la Ley 42/2007),
siendo Lugar de Interés Comunitario “Río Matarraña” 122 de Aragón, con
referencia Comunitaria ES 2430097
La planta comenzó a funcionar hacia 1996, siendo en el año 2003 por
modificación del proyecto inicial, cuando SETCA – a través del acusado, obtuvo
licencia de actividad de funcionamiento como “Planta experimental de generación
de gas pobre por semicombustión de biomasa y producción de electricidad en
motores”. La planta y la empresa SETCA será absorbida en el año 2006 por “Saltos del Ega”, subrogándose la nueva en los expedientes y permisos administrativos, si
bien en definitiva con la misma persona física – el acusado, al frente.
Conforme a la licencia municipal de actividad, del Ayuntamiento de
Beceite, donde figuraba el preceptivo y vinculante informe favorable tanto de los
Departamentos de Industria y de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, la
actividad supuestamente llevada a cabo era la que rezaba en el proyecto aportado,
y consistente en el uso como materia prima de alpechines, cáscaras de almendras y
subproductos agrarios semejantes.
De lo que no disponía SETCA era de autorización de vertidos al río
por la Confederación Hidrográfica del Ebro – que por otro lado se suponía
conforme a su naturaleza que no se producían, aunque sí se indicaba en el proyecto
inicial presentado a la Administración, así como tampoco figuraba (hasta
noviembre de 2009) en el registro de valores de emisión atmosférica, al producir
humos emitidos al exterior, incumpliendo las obligaciones de control de emisiones
de la Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera.
La planta electrogeneradora, descrita someramente, y que solo
funcionaba de manera muy interrumpida durante los años que se viene empleando,
consiste en unas instalaciones exteriores de acopio, donde se amontonan materias
primas diversas, destinadas a través de tolvas a un reactor u horno donde “semi -
combustionan” con un generador o gasificador, produciéndose cenizas atrapadas
en su mayoría en unos filtros de mangas en las chimeneas, cenizas que se retiran y
se acumulan en el exterior. El gas pobre producido en la semicombustión es enfriado con el agua captada a través de la antigua acequia de la fábrica, agua que
se utilizaba para purgar los circuitos y que tras llegar a un depósito de 1.000 litros,
donde se concentraba como un líquido o lixiviado de alto contenido en
hidrocarburos, y que era en todo o en parte devuelta al río; El gas pobre a su vez
será empleado para la producción de energía eléctrica que se vendía a ENDESA.
Pues bien, al menos desde 2005 o 2006, en diferentes momentos, la
planta en realidad, conociendo el acusado la falta de permisos para ello, entre otras
cosas porque dado el lugar y espacio Natural de que se trataba, hubiera hecho falta,
cuanto menos, otro tipo de medidas correctoras más severas, venía utilizando como
materia prima plásticos, gomas y cableados, neumáticos o radiografías, y materiales
similares, que iban a parar al reactor u horno de semicombustión, produciéndose
cenizas contaminantes; Y es que el residuo derivado de la pirolisis de los plásticos y
materiales semejantes, produce una ceniza, que una vez purgada por el agua y
acumulada en un depósito, resultaba ser más bien un líquido viscoso de la familia
química de los Hidrocarburos Policíclicos Aromáticos (HAP), tipo alquitrán –
fenantreno, fluoreno, criseno, antraceno, fluorantreno y pireno.
De este modo el acusado, como responsable de la planta, se convertía
de hecho en gestor no autorizado de residuos de tratamiento especial de otros
productores de los mismos, contrariando así la normativa sectorial, consistente en
la Ley 10/1998 de residuos, Directiva 2008/98/CE (Directiva Marco de Residuos,
actualmente transpuesta por la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados que
sustituye a la anterior).
En distintos momentos puntuales entre los años 2006 y 2009, la
acumulación de este tipo de cenizas extraídas de los filtros de mangas, así como la
emitida por la chimenea y por la condensación del agua empleada en el
enfriamiento, y el lavado o purga de los circuitos, era vertida al cauce del río
Matarraña, depositándose en el lecho sedimentario del mismo, quedando así el río
contaminado.
La forma de vertido era así triple; La emisión atmosférica por la
chimenea del horno o reactor de semicombustión de los materiales, el agua traída
por la acequia para el enfriamiento de los gases y posterior devolución al río desde
un depósito mediante una espita, y también por arrastre de lixiviados al supurar o
chorrear el líquido y cenizas (por ejemplo por cualquier tormenta) por el exterior
del viejo muro de piedras, colindante con el cauce fluvial. Se contrariaba así la
normativa protectora del río y su hábitat, tanto por la falta de autorización de
dichos vertidos, como por los parámetros de calidad de las aguas superficiales
conforme las directivas Europeas 60/2000 (Directiva Marco del Agua) y 44/2006
relativas a la calidad de las aguas continentales, y en definitiva a la Ley de Aguas,
Texto Refundido por Real Decreto Legislativo 1/2001.
Los sedimentos fluviales donde se depósito el vertido sucesivo de los
HAPs, resultaban ser letales por su alta toxicidad, para la fauna del río, pese a no
ser detectados en análisis iniciales de las aguas, dado que dichos lixiviados donde
se depositaban era en los sedimentos o arenas del río, y que suponen un poderoso
agente patógeno, al suprimir las funciones inmunológicas de los peces frente a hongos y bacterias oportunistas – en especial Saprolegnia sp., que hacia enfermar y
morir a los mismos.
Las consecuencias desde 2006 en adelante, especialmente observado
entre 2007 y 2009, fueron el exterminio de prácticamente toda forma de vida
macrovertebrada en el río Matarraña en un tramo aproximado de 7 kilómetros
entre Beceite y la localidad de Valderrobres, desapareciendo los frezaderos (puntos
de desove de las truchas) así como disminuyendo significativamente la fauna
bentónica, impidiendo así una regeneración de la vida del río, que todavía no se ha
recuperado a fecha de este escrito.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
I.- La retirada de la acusación formulada por el Ministerio Fiscal,
única parte acusadora, respecto de los acusados Margarita E. G. y Jesús María A. E..
Por otra parte, y de acuerdo con lo establecido en el Art. 787 de la Ley de E.
Criminal, habiendo prestado el único acusado y su defensor conformidad con la
calificación formulada por el Ministerio Fiscal, no siendo la pena solicitada de
duración superior a seis años de prisión, y entendiendo el Tribunal que la
calificación aceptada es correcta y que la pena es procedente, de acuerdo con
aquella calificación, procede sin mas dictar sentencia de estricta conformidad con
aquella.
II.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 129 del C. Penal, el Juez o
Tribunal, en los supuestos previstos en este Código, y previa audiencia del
Ministerio Fiscal, de sus titulares o representantes legales podrá imponer la
clausura de la empresa, sus locales o establecimientos, con carácter provisional o
definitivo.
III.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 123 del Código Penal, las
costas procesales se entienden impuestas por Ley a los criminalmente responsables
de todo delito o falta.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente
aplicación, por lo expuesto, en nombre de S. M. el Rey:
F A L L A M O S
Que debemos absolver y absolvemos a los acusados Margarita E.G. y Jesús
María A. E. y debemos condenar y condenamos al acusado Juan Antonio F. G., como
autor responsable de un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales, a
la pena de dos años de prisión y multa de ocho meses con cuota de de diez euros,
pagadera en un solo plazo, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de
privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas Se impone al acusado las penas accesorias de suspensión de todo empleo o cargo público e inhabilitación
para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como la
pena de inhabilitación para el ejercicio de la industria por tiempo de cuatro años. Se
impone al acusado el pago de un tercio de las costas del juicio, declarándose de
oficio las dos terceras partes restantes.
Se decreta la clausura temporal de la planta de electogeneración gestionada
por el acusado en Beceite por tiempo de cuatro años, debiendo computarse, a
efectos de la misma, todo el tiempo que aquella haya permanecido cerrada de
forma cautelar.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo
pronunciamos, mandamos y firmamos".
Fotografía de Bruno Durán, vecino de Beceite y licenciado en Ciencias Ambientales, que realizó un detallado estudio de investigación titulado “Estado actual y priorización de medidas para la mitigación de impactos ambientales sobre el curso alto del río Matarraña”. Una parte de esta investigación se dedica a “Actividades potencialmente peligrosas”, apartado que comienza describiendo la actividad de la “Industria de cogeneración de energía del Batán en Beceite”. El estudio se puede consultar en el siguiente enlace: http://contratoderiomatarranya.org/documentos/Diagnostico.pdf

La XXIX edición de la Baja España-Aragón 2012 comienza mañana viernes con 129 vehículos inscritos (75 coches, 22 motos, 16 quads y 16 camiones). Van a ser tres días de competición. Las verificaciones y la etapa prólogo tendrán lugar hoy jueves y mañana viernes en Motorland Aragón. El sábado y domingo se disputará la competición más dura con dos etapas que se desarrollarán íntegramente por los Monegros.
La prueba atravesará una docena de municipios aragoneses. Se desarrollará entre la Nacional II y la Sierra de Alcubierre con una especial de 200 kilómetros que tendrá salida y llegada en la localidad de Perdiguera y que recorrerán todos los vehículos de diferentes maneras y con diferentes trazados. Las motos disputarán 530 kilómetros cronometrados; los coches alrededor de 520; y los camiones 420 kilómetros.
Este año la prueba volverá a contar con algunos de los pilotos más importantes del mundo como Stéphane Peterhansel, Jean-Louis Schelesser, David Casteu y Gerard Farrés. La Baja supondrá además el regreso a la competición de Isidro Esteve, que sufrió una lesión medular en 2007 que le dejó en silla de ruedas, y que probará un cojín inteligente que pretende mejorar la calidad de vida de las personas con movilidad reducida.
La Baja España-Aragón es puntuable para la Copa del Mundo de Rallies Cross Country y por primera vez también en la Copa del Mundo de Bajas FIM, creada recientemente por la Federación Internacional de Motociclismo.
Información y fotografía (presentación del evento): gobierno de Aragón.

La película “John Carter” se proyectará esta noche en el Anfiteatro Pui Pinos de Alcañiz, en la tercera sesión del ciclo de cine de verano. Es una historia de aventuras ambientada en el planeta Barsoom centrada en el veterano de guerra que da nombre a la película. Está basada en la clásica novela de Edgar Rice Burroughs.
PROGRAMACIÓN CINE DE VERANO EN ALCAÑIZ
ANFITEATRO MUNICIPAL (Cerro Pui Pinos)
JULIO
Jueves, 05 de julio: INFILTRADOS EN CLASE
Jueves, 12 de julio: LOS JUEGOS DEL HAMBRE
Jueves, 19 de julio: JOHN CARTER
Jueves, 26 de julio: MEN IN BLACK-3
AGOSTO
Jueves, 02 de agosto: IRA DE TITANES (Furia de Titanes-2)
Jueves, 09 de agosto: LOS VENGADORES
Jueves, 16 de agosto: SOMBRAS TENEBROSAS
Jueves, 23 de agosto: EL GRAN AÑO
Jueves, 30 de agosto: ICE AGE-4
Las películas que se exhibirán son todas de renombre y rigurosa actualidad. Todos los días habrá servicio de bar a cargo de la empresa exhibidora. HORARIO: Todos los jueves de julio y agosto a las 22.30 h. PRECIO por sesión: 4 €.

El consejero de Industria e Innovación, Arturo Aliaga, firmó ayer un convenio con el presidente de la Asociación Empresarial Andorra-Sierra de Arcos y Bajo Martín, Juan Ciércoles, y el presidente de Comarca Andorra-Sierra de Arcos, Manuel Alquézar para la coordinación de actuaciones de apoyo al emprendedor en el Centro de Emprendedores de Andorra.
A través de este convenio, la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, la Asociación Empresarial de Andorra-Sierra de Arcos y Bajo Martín y el Instituto Aragonés de Fomento prestarán a los ciudadanos y usuarios los servicios de orientación hacia el empleo y apoyo a personas emprendedoras que quieren desarrollar iniciativas de empresa viables en Aragón.
El objetivo de este convenio es establecer un marco general de acción conjunta entre las entidades firmantes en la coordinación de cuantas actuaciones se dirijan a la prestación de servicios de apoyo a los emprendedores, y en particular, en la realización de actividades formativas, de asesoramiento y de divulgación de los valores de las personas emprendedoras entre la población residente en la provincia de Teruel y, en concreto, en el ámbito de actuación de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.
El Instituto Aragonés de Fomento es titular del Centro de Emprendedores de Andorra, que cuenta con naves para la ubicación de proyectos empresariales en fase inicial, despachos para preincubación de proyectos, prestación de asistencia técnica, además de zonas de uso común. En estas instalaciones se prestará servicio de información y asesoramiento a emprendedores y empresarios, así como se gestiona la ubicación temporal de nuevas iniciativas empresariales, por parte de personal adscrito al Instituto Aragonés de Fomento.
A partir de la firma de este Convenio el IAF, la Comarca y la Asociación de Empresarios pasarán a prestar los servicios dirigidos a emprendedores y empresarios en las instalaciones del Centro de Emprendedores de Andorra, a la vez que asumen una serie de compromisos en cuanto a la prestación de medios técnicos y humanos:
En primer lugar, el Instituto Aragonés de Fomento pondrá a disposición de los firmantes las instalaciones del Centro de Emprendedores de Andorra para la prestación de dichos servicios.
Por su parte, la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, pasará a prestar la información y asesoramiento a emprendedores y nuevos proyectos en las instalaciones del Centro de Emprendedores de Andorra, a tal fin trasladará a dicha ubicación al personal técnico que preste dichos servicios.
Finalmente, la Asociación Empresarial Andorra-Sierra de Arcos y Bajo Martín trasladará al Centro de Emprendedores de Andorra su sede social, así como el personal que presta sus servicios en la misma.
Las tres entidades se comprometen, además, a colaborar de forma activa en la organización de actividades dirigidas a la difusión de los valores de la cultura emprendedora en el medio rural, que facilite la creación de microempresas viables en la Comarca y su ubicación preferente en el Centro de Emprendedores de Andorra. A tal fin elaborarán de manera coordinada un Plan de Actuación para el Centro.
Por otra parte, diversas organizaciones que prestan servicios de apoyo al emprendedor han manifestado su voluntad de cooperar y coordinarse a través de su integración en la Fundación Emprender en Aragón, asumiendo así sus objetivos y postulados fundacionales, así como el enfoque estratégico denominado “Aragón Emprendedor” cuyo finalidad es la coordinación de actividades de apoyo al emprendedor en Aragón en aras de conseguir una mayor eficacia y eficiencia de las actuaciones.
COMISIÓN MIXTA
En el mismo Centro de Emprendedores se constituyó una Comisión Mixta que se encargará de estudiar, seleccionar, valorar y aprobar, si es el caso, la ubicación de iniciativas emprendedoras y empresariales en el Centro de Emprendedores de Andorra. Las organizaciones integrantes son las siguientes:
o Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.
o Asociación Empresarial Andorra-Sierra de Arcos y Bajo Martín.
o Sociedad Municipal para el Desarrollo de Andorra.
o Cámara de Comercio e Industria de Teruel.
o Centro Europeo de Empresas e Innovación de Aragón.
o Instituto Aragonés de Fomento.
La Comisión Mixta estará compuesta por un miembro de cada organización y se reunirá siempre que haya solicitudes para instalarse en el Centro de Emprendedores y, al menos, dos veces al año.
Nota y fotografía: gobierno de Aragón.

A pesar de que la primera cita deportiva de esta semana tendrá lugar hoy jueves y mañana viernes con la disputa del Rally Baja España Aragón, el sábado y domingo se disputará en MotorLand una nueva prueba del regional de motociclismo. Esta carrera volverá a reunir a los mejores pilotos del Norte de España ya que será valedera para el regional de Aragón, el navarro y el campeonato Zona Norte. Ya el sábado los pilotos que así lo deseen podrán participar en las tandas libres que se celebrarán durante toda la jornada, pero será el domingo cuando de comienzo la actividad oficial del evento con las verificaciones técnicas y administrativas, las dos sesiones de entrenamientos cronometrados y las carreras para todas las categorías.
8 categorías y 2 carreras para el domingo
Las categorías que participarán en el 4º Trofeo de Velocidad de Motociclismo serán finalmente ocho: Series 600, Series 1000, Supersport, Junior 600, Junior 1000, Amateur 600, Amateur 1000 y Extreme, que serán las puntuables para los campeonatos de Aragón, Navarra y Zona Norte. Aunque las inscripciones no se cerrarán hasta el viernes se esperan unas buenas parrillas para las dos carreras que se disputarán el domingo ya que englobarán a los participantes de varias categorías.
En cuanto a los horarios del meeting, el domingo desde las 7:30h tendrán lugar las distintas verificaciones técnicas y administrativas obligatorias para todos los pilotos. Será a las 10:00h cuando comience la primera sesión de entrenamientos cronometrados que se prolongarán hasta las 10:55h. Ese será el momento en el que tengan lugar las segundas sesiones de entrenamientos hasta las 12:10h. A partir de entonces, se celebrarán las dos carreras programadas para la jornada dominical. A las 12:45h será la salida de la carrera de Junior y Amateur 600, Series 600 y Supersport que tendrán que dar 11 vueltas al trazado alcañizano mientras que, a las 13:30h, tendrá lugar la segunda carrera con la participación de las categorías de Junior y Amateur 1000, Series 1000 y Extreme. Los podiums serán después de cada carrera.
Acceso libre y gratuito al circuito de velocidad
Tanto para el sábado como para el domingo, el acceso al paddock del circuito de velocidad será libre y gratuito para todos los aficionados que lo deseen. Además, la cafetería del circuito de velocidad también permanecerá abierta para el público general al igual que la terraza del edificio de velocidad desde la que se podrán ver las salidas y gran parte del trazado alcañizano. El túnel peatonal para acceder hasta el paddock desde la diagonal estará abierto al igual que el Welcome Centre del circuito de velocidad desde el que también se podrá acceder a pie hasta el recinto y además adquirir entradas o merchandising para el Gran Premio Iveco de Aragón de MotoGP que se disputará en septiembre.
Nota y fotografía: Motorland.
