Sucesos
Dos personas resultaron heridas en un accidente de tráfico ocurrido cerca de la medianoche de este lunes en Cretas, en la carretera que conecta este municipio con Calaceite, la A-1413 (kilómetro 7,800).
Fuentes de la Diputación Provincial de Teruel informaron que fue necesaria la actuación de los Bomberos, que recibieron el aviso a través del 112 sobre las 11:45 h.
Al llegar los efectivos, cuatro con dos vehículos, comprobaron que los sanitarios habían conseguido sacar del vehículo accidentado al conductor, que ya estaba siendo atendido, y tuvieron que intervenir para excarcelar a la mujer que viajaba en el vehículo.
Ambos fueron trasladados al hospital.
Los bomberos terminaron sobre las 1:30 h. la intervención en el este accidente, en el que también participó la Guardia Civil, el 061 y Protección Civil.
El Servicio Provincial de Sanidad de Teruel ha recibido desde el pasado mes de marzo 1.732 propuestas de sanción por infracciones relacionadas con la pandemia de coronavirus.
Del total, 920 han sido por no usar mascarilla, 230 por no cumplir con el confinamiento perimetral, 259 por hacer botellón, 86 por fumar sin respetar la distancia de seguridad, 132 por reuniones de más de 6 personas, la mayoría de ellas en peñas, 31 por no cumplir con el horario de cierre en hostelería, 10 por saltarse el aislamiento, 22 por no mantener la distancia de seguridad adecuada, 36 por saltarse el toque de queda y 12 por consumo en barra, entre otras.
Desde el Gobierno de Aragón recuerdan que infringir la obligación de utilizar la mascarilla se castiga con un mínimo de 300 euros y saltarse los aislamientos obligatorios para contagiados o sospechosos conlleva multas mínimas de 3.001 euros.
Si no se respeta el régimen de aforos, se considera infracción grave cuando se incumpla, además, el régimen de horarios de apertura o se constate el incumplimiento de utilizar mascarilla por parte de las personas presentes en el establecimiento o actividad de que se trate o los empleados del mismo. Esta sanción tiene una cuantía mínima de 3.001 euros.
Respecto al consumo de alcohol y otras bebidas en la vía pública y de tabaco y asimilados, la cuantía mínima es de 300 euros. Cuando la infracción se comete en grupos de diez o más personas o compartiendo recipientes de bebida, es de 600 euros.
La organización de eventos o actividades que comporten el incumplimiento de los requerimientos específicos y de las medidas especiales y cautelares impuestas por las autoridades sanitarias se consideran en todo caso como una infracción grave. Estas sanciones tienen una cuantía mínima de 6.000 euros.
El magistrado presidente del Tribunal del Jurado, Fermín Hernández, en el caso que se sigue contra Norbert Feher por los asesinatos cometidos en Andorra dictó, con fecha 1 de diciembre, un auto en el que desestima la nulidad de acciones solicitada por la defensa de Feher.
La defensa de Norbert Feher había solicitado que se decretase la nulidad de una prueba relacionada con los vestigios encontrados al considerar que se vulneraba la tutela judicial, el derecho de defensa del acusado y el de un proceso con todas las garantías.
Entendía la representación del acusado que en la recogida de las huellas y vestigios del
delito no se respetaron las prevenciones establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que, a su entender, determinaría la nulidad de la ocupación de tales vestigios y las pruebas que de aquella se derivasen, en especial los dictámenes periciales practicados sobre los mismos.
Pero en el auto se indica que “la representación del acusado, al margen de su genérica invocación de indefensión, no ha acertado a señalar cual es la concreta manipulación que esas
pruebas habrían sufrido, en qué medida esa manipulación incorrecta de las huellas y vestigios habría limitado su derecho de defensa y en qué habría variado el resultado de la diligencia si se hubiera practicado correctamente.
En su auto, el magistrado admite, a petición de una de las acusaciones particulares, que se incorpore, como prueba documental en el juicio, la constatación del procedimiento seguido en Italia contra el acusado, si bien aclara que el principio de territorialidad penal impide condenar al acusado por hechos cometidos en territorio extranjero.
Un pensionista de Alcañiz, padre de dos hijos, va a percibir el complemento de maternidad por jubilación. La Asesoría Jurídica de UGT Aragón ha ganado la primera sentencia en la Comunidad autónoma que reconoce este derecho a un varón y los atrasos e intereses generados desde el reconocimiento de la pensión contributiva.
Desde UGT indican que el Juzgado de lo Social de Teruel ha estimado la demanda del pensionista declarando que no son conforme a derecho las resoluciones adoptadas por el Instituto Nacional de Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, en respuesta a su solicitud y posterior reclamación.
En un comunicado, UGT explica que la sentencia emitida el 23 de noviembre de 2020 por dicho Juzgado reconoce este derecho al alcañizano jubilado desde enero de 2020, padre de dos hijos y que solicitó el pago del complemento por maternidad ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) de Teruel.
“Este organismo desestimó la solicitud de este complemento, así como la reclamación presentado posteriormente, alegando que según el artículo 60 la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) solo se contempla “para mujeres que habiendo dos o más hijos biológicos o adoptados, causen derecho a una pensión contributiva de jubilación”.
En julio de 2020, el pensionista representado por la Asesoría Jurídica de UGT Aragón presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social Único de Teruel contra el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social. La letrada de UGT Aragón Verónica Gámez defendió el derecho a percibir este complemento en la cuantía del 2´5% (por tratarse de una pensión máxima) en base a la obligatoriedad de la aplicación de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 que determinó la existencia de “una discriminación directa” en el artículo 60 de la LGSS. Según esta sentencia la discriminación responde al determinar “solo a las mujeres” a disfrutar de este complemento, no estando conforme con la Directiva 79/7/CEE de 19 de diciembre de 1978 – relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social. El Tribunal europeo entiende que el artículo 60 debe considerase nulo parcialmente en cuanto a la referencia y la distinción al sexo, y por tanto ser ampliado a los hombres.
Con esta sentencia se abre la posibilidad a que otros pensionistas en Aragón – atendiendo a los criterios que establece la Ley General de Seguridad Social (ser beneficiario de una pensión contributiva de jubilación y tener dos o más hijos biológico o adoptados) puedan reclamar por vía judicial este complemento, sumándose a otras Comunidades autónomas como Madrid, Murcia, Cataluña o Canarias donde ya se han emitido sentencias en este mismo sentido”.
Un incendio se ha declarado este miércoles por la tarde en la cocina de una vivienda de Alcorisa, habitada por un matrimonio de personas mayores.
Tras recibir el avisto del número de emergencias 112 a las 12:20, hasta la vivienda se desplazaron cinco Bomberos y un oficial. El matrimonio se encontraba fuera de la vivienda cuando llegaron los efectivos, que procedieron a apagar los rescoldos que quedaban en la campana extractora y a ventilar la vivienda, puesto que el humo se había extendido por la totalidad de la misma.
Los Bomberos se retiraron pasadas las dos de la tarde.
También intervino la Guardia Civil, informan desde la Diputación Provincial de Teruel.
Un niño de corta edad estaba encerrado en una habitación de una vivienda de Alcañiz y no respondía a las llamadas de sus padres. Es el aviso que, sobre las siete de la tarde de este miércoles, recibieron los Bomberos del parque de este municipio.
Los agentes se desplazaron con dos vehículos hasta la vivienda y, tras intentar abrir la puerta que estaba atrancada, terminaron accediendo a la habitación rompiendo una ventana.
El niño se encontraba durmiendo y en buen estado de salud, indican fuentes de la Diputación Provincial de Teruel.
El grupo político CHA va a preguntar en el Senado por el informe que halló Noelia Lorén, viuda de uno de los agentes asesinados en el triple crimen de Andorra y que la Guardia Civil ocultó y no fue incorporado al sumario judicial.
“El documento desmonta su versión oficial y da la razón a las familias en su petición de investigar en una misma causa todos los delitos de Norbert Feher en el territorio”, explicó desde CHA José Manuel Salvador, anunciando que presentará una iniciativa en el Senado, a través de Carles Mulet, senador de Compromís, para saber “si el Gobierno reconoce la existencia de dicho informe y los motivos por los que no se había informado de la existencia del mismo”.
José Manuel Salvador recuerda que este informe interno de la Guardia Civil “demuestra que ya se conocía, antes de los crímines cometidos, la presencia de un sospechoso en esa zona y del peligro que representaba para los habitantes de esas comarcas aragonesas porque se le atribuían entonces más de diez robos en los masicos del entorno, así como de una tentativa de asesinato”.
En este sentido, Chunta Aragonesista quiere conocer “por qué, teniendo en cuenta la información disponible en el documento, el Gobierno de España no tomó todas las medidas necesarias de prevención a la población y de protección a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.
Se preguntará lo siguiente:
“¿Por qué motivo no se tomaron desde el Gobierno todas las necesarias medidas de prevención a la población y de protección a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, reclamando los oportunos refuerzos de cuerpos especiales del Ministerio del interior, dado que, según un informe interno de la Guardia Civil conocido públicamente en diversos medios de comunicación este mismo mes de noviembre de 2020, se pone de manifiesto, en relación a los trágicos sucesos acaecidos en Albalate del Arzobispo y Andorra (Aragón) ocurridos el pasado 5 y 14 de diciembre de 2017 respectivamente, que ya se conocía , antes de los crímines cometidos, de la presencia de un sospechoso en esa zona y del peligro que representaba para los habitantes de esas comarcas aragonesas porque se le atribuían entonces más de diez robos en los masicos del entorno, así como de una tentativa de asesinato, resultando ser esa persona la finalmente detenida por los crímenes cometidos el citado mes ?, ¿reconoce el Gobierno la existencia de dicho informe?,¿por qué motivo no se había informado de la existencia del mismo, dado el proceso judicial abierto por las repercusiones que pudiera tener a la hora de permitir una investigación
sobre la idoneidad de las decisiones tomadas en su conjunto durante esos días?, ¿tiene información el Gobierno sobre la existencia de más informes oficiales elaborados sobre la cuestión objeto de la pregunta?, ¿qué medidas se han adoptado para evitar que se reproduzcan ese tipo de situaciones?”.







